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lunes, 1 de febrero de 2016

Subsidio de arriendo 2016





Quiénes, cuándo y cómo se puede postular a este beneficio
Desde hoy y hasta el 30 de noviembre se podrá postular al beneficio dirigido a las familias que pertenezcan al 70% más vulnerable. Revisa si cumples con los requisitos.

Hoy se abrieron las postulaciones para el subsidio de Arriendo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, instrumento diseñado para apoyar el acceso temporal, en el corto plazo, a una vivienda que responda a las necesidades de movilidad social, laboral y habitacional de familias allegadas o actuales arrendatarios.

El beneficio –al que se podrá postular hasta el 30 de noviembre de este año- está dirigido a “familias que pertenezcan al 70% más vulnerable de la población, que necesiten una solución habitacional flexible por un tiempo determinado, y que sean capaces de realizar un desembolso mensual destinado a pagar un arriendo”.

Revisa acá todo lo que tienes que saber para postular al subsidio:

¿En qué consiste?

El Subsidio corresponde a un aporte mensual de 3 U.F., para ser utilizado en el pago de arriendo. De esta manera, la familia beneficiada debe pagar solamente la diferencia para completar el valor total del arriendo.

Este beneficio permite el cambio de vivienda a cualquier región del país, y permite que en un futuro se postule a un programa para la adquisición de una vivienda.

¿Cómo opera?

Existirán dos métodos para postular: en línea y de manera presencial en las oficinas de SERVIU. La selección se realiza de acuerdo al orden de los puntajes de postulación, considerando las características del hogar y su vivienda actual.

Requisitos generales del postulante

- Tener más de 18 años de edad durante el año del llamado.

- En el caso de postulantes extranjeros, deben presentar la cédula de identidad para extranjeros.

- La conformación del núcleo familiar debe contemplar, además del postulante, al menos a su cónyuge, conviviente o hijo. En caso de postulante adulto mayor no es requisito contar con núcleo familiar.

- Pertenecer al 70% más vulnerable de la población.-

- Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF al momento de la postulación.

- Acreditar el monto total de ingresos del núcleo familiar, incorporado a su declaración de núcleo, de entre $180.000 y $640.000.

- No ser propietario o beneficiario de otros programas habitacionales del MINVU.

Condiciones generales del programa

- Bolsa de subsidio de hasta 170 UF al que se descontará un monto mensual de 3 UF.

- Se paga directamente al arrendador.

- El beneficiario debe realizar el copago de su arriendo en el banco Estado, según convenio MINVU.

- El subsidio considera el pago de una cuota para apoyar parte del mes de garantía de cada contrato.

- Como condición para el subsidio deberá existir un contrato tipo MINVU, firmado ante notario.

- La vivienda será visitada por SERVIU, chequeando que cumpla con los requisitos mínimos.

- Se pagará un subsidio para obtener los documentos requeridos por el programa para aprobar el contrato.

¡Ojo!

Las viviendas deben contar con, al menos, tres recintos (dormitorio, baño, sala de estar-comedor y cocina; no producir hacinamiento; no estar embargadas ni con prohibición de arriendo; no estar localizadas en sectores de intervenciones de demolición y tener destino habitacional y recepción municipal.

Fuente: La tercera